soy mutualista la seguridad social me puede cobrar por medicinas

Todo el que que radique en España está en su derecho a asistencia sanitaria. Esto quiere decir, grosso modo, que hay unos 50 miles de individuos cuyas pretensiones en cuestiones médicas están cubiertas por el Sistema Nacional de Salud.

Desenlaces del Observatorio de envejecimiento activo

Este tema se propuso como foco de estudio a causantes de prevención de peligros laborales y elementos humanos de compañías mutualistas de Asepeyo. Entre las actuaciones que se realizaron podemos destacar la creación de un Observatorio para valorar de qué forma administran la edad de las plantillas, desde la cumplimentación de un formulario para saber las adversidades que se sugieren dada esta situación, tal como las buenas prácticas que efectúan para encararla.

Primordiales conclusiones:

¿Qué personas están exentas de abonar fármacos desde 2021?

Desde el 1 de enero, con la ampliación de colectivos exentos de copago farmacéutico, ya no es obligación el pago de fármacos por cerca de seis miles de individuos, según datos del Ministerio de Sanidad . El grupo de estos conjuntos son los próximos:

  • Personas con discapacidad en los presuntos previstos en la normativa concreta.
  • Inferiores de 18 años con discapacidad conocida igual o superior al 33 por ciento.
  • Perceptores de rentas de integración popular.
  • Personas con pensiones no contributivas
  • Adjudicatarios del ingreso mínimo escencial.
  • Personas perceptoras de la prestación económica de la Seguridad Popular por hijo o menor a cargo en régimen de acogimiento familiar persistente o almacena con objetivos de adopción.
  • Desempleados que perdieron el derecho a subvención, mientras que sobreviva esta situación.
  • Damnificados por el síndrome tóxico.
  • Personas con tratamientos derivados de incidente de trabajo o patología profesional.
  • Pensionistas con rentas inferiores a 5.635 euros.
  • Pensionistas no obligados a enseñar declaración, cuya renta no pase los 11.200 euros por año.

Límite de aportaciones para los colectivos que sí tienen que efectuar el copago

Si bien aumentaron de forma esencial la gente exentas de abonar fármacos desde 2021, la verdad es que todavía varios colectivos tienen que llevar a cabo en frente de lo mismo. No obstante, no todo el planeta debe abonar exactamente el mismo porcentaje de las medicinas.

medicina

Te resumimos cuál es el máximo de la aportación según los colectivos.

  • Entre la población activa hay distintas porcentajes de aportación. Si el sujeto gana menos de 18.000 euros por año, es requisito abonar el 40% del precio del fármaco; si tiene una renta entre 18.000 y cien.000 euros cada un año, su aportación va a ser del 50%; caso de que gane mucho más de cien.000 euros por año, el copago alcanzará el 60% del envase que adquiera.
  • Si charlamos de pensionistas, los porcentajes difieren. Si la renta de forma anual es menor de cien.000 euros, va a deber abonar el diez% del fármaco con un límite por mes máximo de 8,23 euros (si gana menos de 18.000 euros por año) y 18,52 euros por año ( si recibe entre 18.000 y cien.000 euros). Caso de que tenga una renta mayor a cien.000 euros por año, va a deber llevar a cabo en frente de una aportación del 60% sin límite de gasto por mes.
  • En la situacion de los mutualistas y clases pasivas, en todos y cada uno de los casos deberán abonar un 30% de los envases sin que haya un encuentre.

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Si comienzas a trabajar por cuenta propia (a fin de que abras tu solicitud o a fin de que empieces colaboración con algún centro médico privado), deberás tomar una resolución fundamental: ofrecerte de alta el Régimen Particular de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Popular u decantarse por Mutual Médica, que es la mutualidad opción alternativa al RETA única para médicos.

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