Redacción Farmacosalud.com
Con ocasión de la entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos en el ejercicio privado de la Medicina, las abogadas María Suárez y Mireia Paricio han señalado que los facultativos han eludir hacer llegar datos de salud a los pacientes, familiares u otros expertos sanitarios, mediante programas de correo instantánea como el WhatsApp, en tanto que estos no garantizan la confidencialidad y la integridad de la información.
¿De qué manera reportar al tolerante?
Al tolerante se le notificará de lo siguiente:
- la identidad del responsable del régimen;
- los datos del Encargado de Protección de Datos caso de que sea obligación;
- las finalidades del régimen, como por poner un ejemplo, asistencia sanitaria, investigación, videovigilancia, etcétera. Si la intención más tarde se cambia, el responsable va a deber reportar al tolerante de antemano al nuevo régimen;
- la base jurídica donde se protege el régimen (permiso, intereses vitales, contrato, etcétera.);
- los receptores de los datos. Por servirnos de un ejemplo, la situacion de un médico de recíproca privada que puede mandar los datos del tolerante a la empresa aseguradora para cobrar la visita o la situacion de la revisión médica por la parte de la recíproca de previsión, que mandará al empleador si el trabajador es capaz o no capaz para el ejercicio de las funcionalidades;
- reportar de si la comunicación de datos personales es un requisito legal o contractual y, si el entusiasmado está obligado a hacer más simple los datos personales y está informado de las probables secuelas de no hacer más simple estos datos;
- si hay transacciones de todo el mundo o no;
- el período de conservación de los datos;
- los derechos que el tolerante puede entrenar (ingreso, rectificación, supresión, restricción de su régimen, oposición o portabilidad). También, se comunicará el derecho a sacar el permiso sin que ello afecte a la legimitad del régimen apoyado en el permiso antes de su retirada y el derecho a reclamar frente a la AEPD;
- si hubiese resoluciones automatizadas tomadas a través de procesos informáticos sin intervención humana, incluyendo la elaboración de concretes, se va a deber reportar al tolerante y también informarle de la lógica aplicada y, que se le dé ocasión de expresar su criterio y de impugnar la resolución.
¿QUÉ ES UN DATO DE SALUD?
Los datos de salud son: “los datos personales relativos a la salud física o mental de un individuo física, incluyendo la prestación de servicios de atención sanitaria que revelen información sobre su estado de salud, tal como los datos genéticos ”.
Todos estos 2 datos personales relativos a la salud se consideran datos sensibles singularmente protegidos, y por este motivo, de categoría particular con arreglo al RGPD.