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En cambio, a los parados que han fatigado su prestación por desempleo, que antes pagaban un 40%, les van a salir gratis «hasta el momento en que hallen trabajo».
El copago de fármacos de los pensionistas
Ahora vimos que la gente con una pensión no contributiva no tienen que abonar fármacos. No obstante, los sucesos de pensiones contributivas si tienen el copago de fármacos, si bien con unos límites por mes, con lo que si su gasto farmacéutico sobrepasa estos límites, es restituido.
- Pensionistas con renta inferior a 18.000€ cada un año y adjudicatarios: abonan el diez% del fármaco, con un coste máximo de 8,23 euros por mes.
- Pensionistas con renta entre 18.000€ y cien.000€ y sus adjudicatarios: abonan el diez% del fármaco, con un encuentre de 18,52€/mes.
- Pensionistas con renta igual o mayor a cien.000€ y sus adjudicatarios: abonan el 60%, con un encuentre máximo de 61,75€/mes.
¿Quién está exento de abonar fármacos hoy día?
Como te comentábamos la modificación legislativa puesta en marcha a inicios del año pasado ampliaba de manera importante el número de personas exentas de abonar fármacos desde 2021. La cifra de favorecidos por esta medida llega desde entonces en torno a seis miles de individuos.
El Ministerio de Sanidad tomaba esta resolución para que colectivos atacables no se puedan ver obligados a abonar parte de artículos farmacéuticos fundamentales para su salud. Merced a esto en la actualidad hay varios fármacos gratis para pensionistas que cumplen algunas condiciones.
¿Qué nivel de discapacidad tiene una incapacidad persistente total?
En un caso así, la gente reconocidas con una incapacidad persistente total muestran un nivel mínimo de discapacidad del 33%, que se recopila en la Ley de Dependencia.
Esto es, entre las secuelas de una incapacidad total es que a los adjudicatarios se les reconoce de manera automática un nivel de discapacidad del 33%. Pero no a todos y cada uno de los efectos, sino más bien solo a los derivados de la ley 51/2003 (igualdad de ocasiones, no discriminación y disponibilidad universal).
Activos
- Los activos con rentas inferiores a 18.000 euros tienen que dar el 40 por ciento del precio de cada envase, sin límite de gasto.
- Los activos con rentas de entre 18.000 y cien.000 euros tienen que abonar el 50%, sin límite por mes.
- Los activos con rentas iguales o superiores a los cien.000 euros, tienen una aportación del 60 por ciento, sin límite de gasto.
Los mutualistas y de clases pasivas (MUFACE, MUGEJU, ISFAS) tienen que dar el 30 por ciento por envase, sin límite.