Marisa Blasco, presidenta de la Sociedad Valenciana de Medicina Intensiva y jefe del servicio de Medicina intensiva del Hospital Clínico de Valencia y nos enseña en esta entrevista de qué forma la música puede contribuir a un individuo enferma.
“En el contexto de los cuidados intensivos, mucho. El instante en el que alguien viene y le toca una canción, música directamente, y además de esto si la edita, al enfermo le da un instante de confort; hace de esta estancia del hospital un espacio mucho más amable, de relax, y la música te deja llevar a cabo olvidar la patología por la que andas ingresado, baja el nivel de indecisión y angustia en los pacientes”
¿De qué forma está un tolerante en la UCI?
Desde el ingreso hasta el alta, el tolerante en la UCI va a pasar por distintos ocasiones que afectarán tanto a las ocupaciones diarias como a las de la familia. De ahí que, la colaboración del resto de familiares asiste para proveer los más destacados cuidados a la persona ingresada.
Frecuentemente, la familia tiene inquietudes y no sabe de qué manera accionar dada esta situación. Estas son las primordiales inquietudes y cuestiones de los familiares:
La Constitución De españa:
- En concreto, en el producto 43 de la Constitución se reconoce el derecho a la protección de la salud, siendo eficientes los poderes públicos para ordenar y tutelar la salud pública mediante medidas precautorias, tal como de las posibilidades y servicios que se tengan en cuenta oportunos y precisos. Los poderes públicos fomentarán asimismo la educación sanitaria, educación física y deporte.
- Se desarrolló una regulación básica en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, donde se reconoce el derecho al respeto de la personalidad, dignidad y privacidad del tolerante. Asimismo recopila el derecho a la no discriminación, a estar informado sobre los servicios sanitarios, el derecho a la confidencialidad y la asignación de un médico que notifique los métodos.
- La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del tolerante y de derechos y obligaciones en temas de información y documentación clínica centra su atención en la intención de humanización de los servicios sanitarios.
- 16 años después, aparece la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, que, entre otros muchos, tiene distintas objetivos como:
- ) La prestación de servicios a los individuos del sistema nacional de salud en condiciones de igualdad y calidad.
- El afirmamiento universal y público por la parte del Estado.
- Prestación de una atención integral de la salud.
- La financiación pública del Sistema Nacional de Salud.
- Igualdad de ocasiones y libre circulación de los expertos sanitarios.
- Colaboración entre los servicios sanitarios públicos y privados.
- La colaboración de las áreas de trabajo de farmacia con el Sistema Nacional de Salud.
La coordinación y cooperación de las gestiones públicas sanitarias.