La modificación del Código Penal, tal como de la Ley sobre Compromiso Civil y Seguros en la Circulación de Automóviles de motor está suponiendo un considerable cambio en el régimen judicial de los lesionados y, de forma especial, los de carácter suave que, ni van a poder interponer demanda pidiendo ser vistos por el médico forense, ni una vez producido el automático fichero de las actuaciones, van a poder pedir el pertinente título ejecutivo y, todo ello, por los 2 fundamentos siguientes:
- Respecto a la activa del incidente, puesto que desaparece la imprudencia suave como título de imputación.
- Y en lo que se refiere al alcance de las lesiones, por consiguiente, si bien la conducta del culpable con relación a la activa del incidente pudiese calificarse bajo la novedosa figura penal de la “Imprudencia menos grave” , existiría un segundo fundamento para no calificar los hechos como constitutivos de infracción penal, ya que, desde la reforma, solo las lesiones contenidas en los productos 149 y 150 del Código Penal, causada por Imprudencia menos Grave, resulta constitutiva de Delito Suave.
¿De qué manera pedir el informe médico forense?
Para pedir la opinión del perito médico forense hay que realizar una sucesión de requisitos. El producto 7.5 del Ley sobre compromiso civil y seguro en la circulación de automóviles a motor establece que la víctima del incidente va a poder soliciar reportes al Centro Médico Legal en el caso de que no esté de acuerdo con la oferta alentada que proporciona la compañía .
Además de esto, la empresa de seguros tiene el deber de efectuar una exclusiva oferta en el período máximo de un mes tras recibir el informe emitido por el Centro de Medicina Legal. Tienes que tener en consideración que si tras enseñar el informe no se llega a un convenio y decides proceder a la vía judicial, Legalcar no va a poder refererir a declarar al médico forense.
Caso de que la empresa aseguradora rechace el reclamo del asegurado va a deber ofrecer una contestación alentada según los próximos requisitos:
Si el asegurador no está según la oferta efectuada, está en su derecho a demandarle a la empresa de seguros reportes periciales complementarios emitidos por el Centro de Medicina Legal pertinente, (a costa del asegurador en el caso de seguros de vehículos). Tras la distribución del informe pericial complementario, la empresa de seguros va a tener un mes para efectuar una exclusiva oferta alentada.
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