como se ponen los precios de las medicinas en espana

Desde el momento en que un pequeño laboratorio, público o privado, halla una viable molécula útil hasta su comercialización se recorre un caro laberinto administrativo. En las universidades hay Áreas de trabajo de Transferencia de Desenlaces de Investigación (OTRI), encargadas de advertir compañías que estén con intereses en sus descubrimientos. Las universidades dan el paso inicial para resguardar su descubrimiento realizando una petición nacional de patente. «Por año es necesario prolongar la patente al sistema en todo el mundo (PCT), que no financian a las universidades. Cuesta unos diez.000 euros por molécula», enseña Javier Burgos, directivo de la compañía biotecnológica Neuronbiolabs. Ellos tienen una cartera caracteristica de moléculas, ciertas cuales vienen del ámbito público. Abonan ese paso a las que piensan prometedoras. «Si no, la información se hace pública», apunta. Y corren asimismo con el gasto de las primeras pruebas. Estas fases preclínicas se levantan a unos cuantos millones de euros.

«Un año y medio después hay que seleccionar exactamente en qué países de los mucho más de 200 integrados en el PCT deseas resguardar tu patente. Un gasto de este modo solo puede encararlo una enorme farmacéutica. Exactamente la misma los ensayos clínicos con pacientes. Son millones de euros», afirma. La compañía a la que se le entrega este género de licencia tiene la peculiaridad en la explotación industrial y comercial del fármaco en cuestión en el transcurso de un periodo de 20 años. En la práctica son menos de diez años de comercialización.

Criterios para la fijación del precio de un fármaco

El dictamen de la CIPM se establece de manera alentada y agremiada entre los distintos ministerios y comunidades autónomas representadas en la Comisión. En él se establece una financiación selectiva de medicamentos, según los próximos criterios establecidos en la Ley de Garantías y Empleo racional de los Fármacos y Artículos Sanitarios:

  • Gravedad, duración y secuelas de las distintas nosologías para las que se empleen como régimen los fármacos.
  • Pretensiones concretas de ciertos colectivos.
  • Relación coste-eficiencia del fármaco, desde el como se determinará su valor terapéutico y popular.
  • Racionalización del gasto público designado a prestación farmacéutica y control del encontronazo presupuestario en el Sistema Nacional de Salud.
  • Vida de otros fármacos o elecciones terapéuticas para una misma patología, con un menor coste de régimen.
  • Nivel de innovación que tenga el fármaco.
  • Sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud, si para un mismo resultado en salud, ayuda de forma positiva al producto interior salvaje.

¿De qué manera marcha el sistema de costos de referencia?

El Gobierno establece los criterios y métodos para la fijación de costes de fármacos y modelos sanitarios financiables por el Sistema Nacional de Salud, tanto para los fármacos de dispensación por oficina de farmacia mediante receta oficial, para los fármacos de campo hospitalario, incluyendo los envases clínicos, o dispensados ​​por servicios de farmacia a pacientes no ingresados.

El valor de referencia de los conjuntos se calcula sobre la base del menor coste por régimen y día de las muestras dentro en cada uno de ellos, o lo que es exactamente lo mismo, todos y cada uno de los fármacos del grupo se financian a ese precio, cosa que genera la consiguiente bajada de costes. La Comisión Interministerial de Costos de los Fármacos, adscrita al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales y también Igualdad, fija, de manera alentada y según criterios objetivos, los costos de financiación del Sistema Nacional de Salud de fármacos y artículos sanitarios para los que sea preciso prescripción médica y que se dispensen en España.

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