¡Buena pregunta! La situacion de la facturación de los médicos y sanitarios que ejercitan su actividad por cuenta propia es particular en tanto que una parte de esta, la relativa al diagnóstico, prevención y régimen de anomalías de la salud, está exenta de IVA. Entonces, ¿las facturas de los médicos jamás llevan IVA? No es tan simple. De todos modos ciertas de sus ocupaciones sí han de ser facturadas con IVA. ¡Si eres sanitario, eso te resulta interesante!
La mayor parte de médicos y sanitarios en el momento en que se dan de alta en la actividad planean prestar los servicios que están exentos de IVA. De ahí que es frecuente que no se den de alta en la obligación de liquidar el IVA.
Ocupaciones no sostienes y ocupaciones exentas de IVA
Para el buen avance de las operaciones contables es esencial entender qué ocupaciones no están sostienes al impuesto sobre el valor añadido y qué ocupaciones están exentas de IVA.
Si bien en los dos casos no tienes que integrar o cargar el IVA en la factura, verdaderamente hablamos de conceptos distintas y la manera de facturación puede mudar.
¿Cuándo el IVA está exento?
Las ocupaciones económicas y operaciones que no tributan IVA en España están reguladas por ley, y tienen relación más que nada con la civilización, los objetivos sociales o en el momento en que es imposible utilizar directamente este impuesto.
- La exención total del IVA en España se enfoca de manera particular en las ocupaciones dedicadas a la enseñanza. Toda actividad empresarial dedicada al servicio educativo que forme una parte de un plan de estudios (posgrados, clases particulares, etcétera.), no paga ningún género de IVA.
- Asimismo están exentas de IVA muchas ocupaciones culturales, como es la situacion de las bibliotecas, visitas a museos, zoológicos o exposiciones.
- En una situación afín están los servicios de deportes que dan federaciones, asociaciones públicas o privadas de carácter popular y entidades afines. No entran en el IVA exento los espectáculos de deportes, así como partidos de fútbol, carreras, etcétera.
- Hay ocupaciones exentas de IVA en los servicios médicos completados por un profesional que se titula. Por servirnos de un ejemplo, la hospitalización, el diagnóstico y el régimen. Otras ocupaciones como la cirugía plástica o las terapias naturales sí están sostienes a tributación, puesto que no se piensan profesiones médicas como semejantes.
- Otro campo exento de IVA es el de los servicios financieros, como las operaciones bancarias, préstamos o tarjetas.
- Hay una exención del IVA en los sellos de correos, si estos no están premeditados a coleccionismo.
¿Qué es el IVA en México?
En México, el impuesto al valor añadido es un gravamen con tasa del 16% incluido al efectuar una adquisición de un bien o servicio.
Este impuesto, respaldado por el cliente, grava el valor añadido a un bien o producto en todos y cada etapa de su producción o comercialización.
Ocupaciones exentas de IVA:
En cambio, las ocupaciones con exenciones IVA son aquellas donde sí existe obligación tributaria y hecho imponible, pero la legislación y algunas normativas, y por fundamentos sociales , culturales y en caso contrario, eximen el pago.
Por consiguiente, hablamos de ocupaciones con beneficio fiscal. Eso sí, debemos tener en consideración que si bien el profesional no señala IVA en sus facturas de Venta, sí que va a deber aguantarlo en la adquisición de esos artículos o servicios precisos para comercializar su actividad.