asociación de medicina de la educación física y el deporte

Dependiendo del género de infección sufrida por el deportista (véase el cuadro), se aconsejan los estudios a efectuar, antes de proveer un capaz para regresar al entrenamiento de los atletas.

A nivel del gobierno

  • Llevar a cabo de la actividad física un tema de importancia como elemento de promoción de la salud. Incorporándolo en los programas y políticas nacionales, regionales y locales de los distintos estamentos gubernativos (Constitución Nacional, Plan de Avance 2003-2006, ley 715 de 2001).
  • Alentar, orientar y supervisar el cumplimiento de las entidades prestadoras de servicios en salud, secretarias de salud y empresas de seguros de peligros expertos a fin de que la actividad física, la recreación y el deporte sean dentro como herramientas de promoción de la salud, la prevención de nosologías, el régimen y la rehabilitación en el contexto de la legislación colombiana.
  • Supervisar centros recreativos, gimnasios y cajas de compensación para la práctica sana de la actividad física apuntada y dominada por personal preparado para este objeto.
  • Hacer políticas para incitar la actividad física limitando al límite los mensajes contradictorios como: «adelgazate en pocos días sin sacrificios, sin ejercicio», o que el ejercicio o deporte sea patrocinado por compañías licoreras o tabaqueras .
  • Vincular para la promoción de la actividad física otros ámbitos gubernativos así como Planeación Nacional, Ministerios de Cultura, Educación, Protección Popular, Transporte. Entre otros muchos, para realizar alianzas que optimicen elementos y tengan una meta común.
  • Sostener, alentar y prosperar la clase de educación física en las academias sosteniendo el espacio para la realización de actividad física a nivel curricular. Observando la relevancia en el avance del humano no solo a nivel anterior a la escuela y escolar, sino más bien asimismo a nivel universitario y tecnológico. Creando en estos últimos, estímulos no solo atletas de prominente desempeño, sino más bien el practicante de actividad física recreativa (ley 115 de 1994).
  • Hacer más simple el espacio y los materiales precisos para la participación segura en las academias, institutos y universidades.
  • Velar por que el plantel que acepte la compromiso profesional de instruir la educación física y el deporte tenga el entrenamiento y el saber correspondiente del tema.
  • Desarrollar, llevar a cabo y valorar los programas académicos no solo a nivel curricular sino más bien extracurricular. Implicando a la participación del cuerpo enseñante y progenitores de familia y otros campos del vecindario.

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